● El organismo inicia un procedimiento ordinario sancionador contra la titular de la Alcaldía Cuauhtémoc, al encontrar indicios suficientes para establecer que es probable responsable de realizar promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos, los cuales ascienden a más de los 920 mil pesos.
● Suman tres procedimientos sancionadores iniciados a Cuevas, luego que el pasado 30 de noviembre se notificara de uno por el uso de recursos públicos y otro por promoción personalizada en un evento en el que lanzó pelotas con billetes de 500 pesos pegados.
El Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) inició un procedimiento ordinario sancionador contra Sandra Cuevas Nieves, titular de la Alcaldía Cuauhtémoc, al encontrar indicios suficientes para establecer que es probable responsable de realizarpromoción personalizada y uso indebido de recursos públicoscon motivo de su informe de gobierno, mediante la cual exalta logros personales, así como su imagen.
De esta forma, bajo el expediente IECM-QCG/PO/042/2022, el Instituto admitió la denuncia presentada por la Diputada Martha Avila Ventura, en su carácter de coordinadora del Grupo Parlamentario de MORENA en el Congreso de la Ciudad de México, el pasado 27 de octubre ante la Oficialía de Partes del organismo.
El hecho que se denuncia es que en diversos puntos de la alcaldía Cuauhtémoc se colocó propaganda con motivo del informe de gobierno de Sandra Cuevas, exaltando tanto logros personales como su imagen, transgrediendo con ello el artículo 134 constitucional, al realizar una promoción personalizada en su favor y el uso de recursos públicos los cuales ascienden a más de los 920 mil pesos.
Cabe recordar que el artículo 134 señala que “los servidores públicos de la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, tienen en todo tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos. La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público…”.
Cuevas Nieves cuenta con un plazo de cinco días hábiles, a partir de que sea notificada, para contestar por escrito lo que a su derecho convenga y aporte las pruebas que considere pertinentes.
Con este, suman tres procedimientos sancionadores iniciados por el IECM a la titular de la Alcaldía Cuauhtémoc, luego que el pasado 30 de noviembre se informara de uno por el uso de recursos públicos y otro por promoción personalizada en un evento realizado el pasado 28 de febrero, con motivo “del mes de la mujer” en el que Cuevas lanzó pelotas con billetes de 500 pesos pegados desde el balcón de su oficina.