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Iniciativa que adiciona al artículo 133 ter del Código Fiscal de Cdmx

Por Redacción 9 de noviembre de 2022

“Sabemos y aceptamos que las características de la Ciudad de México, por ser la Capital del país, representa en su administración complejidades diversas y que por ser sede de los poderes de la Unión, el Gobierno Central debe atribuirse facultades en materia del manejo presupuestal”. 

“Actualmente este régimen castiga a las alcaldías generadoras de sus propias contribuciones, pues no les garantiza que conforme a sus aportaciones el gobierno de la Ciudad les asigne recursos suficientes, sin los mecanismos de control que permitan congruencia y equilibrio entre el nivel de recaudo, y el gasto asignado a cada alcaldía, mucho menos sin legalmente dar pie a la autonomía administrativa de estas”, refirió la Diputada Luisa Gutiérrez.

“Por ello que desde este Congreso debemos fomentar un federalismo solidario y subsidiario, en el que las alcaldías puedan generar apoyo a aquellas comunidades, que por sus condiciones sociales, geográficas y económicas sufren rezagos de cualquier tipo, sin embargo la discrecionalidad en la distribución final de los recursos por criterios políticos, puede tener como consecuencia asignaciones presupuestales desproporcionadas, que solo tienen como objetivo favorecer a las clientelas y grupos de interés que no son representativos ni legítimos como conductores y ejecutores de soluciones”, explicó.

A continuación, se detalla una fórmula propuesta para la distribución de dicho dinero entre las alcaldías, el cual pondera variables que impactan a cada una de las demarcaciones y que son necesarias para detallar cuanto se debe destinar a las alcaldías, con una visión técnica que se aleje de lo político y que brinde de herramientas a las autoridades al momento de asignar recursos. Además, se establece el destino del dinero, el cual debe ser utilizado para proyectos de infraestructura que mejoren la calidad de vida de los ciudadanos.

El monto recaudado por concepto del impuesto predial se determinara por la siguiente formula:

Impuesto predial para la alcaldía.

Monto recaudado total.

Población de la alcaldía

Población flotante de la alcaldía.

Población flotante de la Ciudad de México.

Población en situación de pobreza de la alcaldía.

Población en situación de pobreza de la Ciudad de México.

“Por lo que en mi propuesta cada una de las Alcaldías deberá ser notificada para el desarrollo de proyectos en infraestructura, para tal efecto la Secretaría de Finanzas deberá informar mensualmente al Congreso, los montos recaudados por concepto de impuesto predial en cada una de las 16 Alcaldías y deberá transferir el recurso dentro de los primeros 5 días del mes siguiente al que fue recaudado. Los recursos que las Alcaldías reciban por este concepto no formarán parte de su techo presupuestal”, concluyo.

Iniciativa que adiciona al artículo 133 ter del Código Fiscal de Cdmx, el recaudo por concepto de impuesto predial para las alcaldías

“Sabemos y aceptamos que las características de la Ciudad de México, por ser la Capital del país, representa en su administración complejidades diversas y que por ser sede de los poderes de la Unión, el Gobierno Central debe atribuirse facultades en materia del manejo presupuestal”. 

“Actualmente este régimen castiga a las alcaldías generadoras de sus propias contribuciones, pues no les garantiza que conforme a sus aportaciones el gobierno de la Ciudad les asigne recursos suficientes, sin los mecanismos de control que permitan congruencia y equilibrio entre el nivel de recaudo, y el gasto asignado a cada alcaldía, mucho menos sin legalmente dar pie a la autonomía administrativa de estas”, refirió la Diputada Luisa Gutiérrez.

“Por ello que desde este Congreso debemos fomentar un federalismo solidario y subsidiario, en el que las alcaldías puedan generar apoyo a aquellas comunidades, que por sus condiciones sociales, geográficas y económicas sufren rezagos de cualquier tipo, sin embargo la discrecionalidad en la distribución final de los recursos por criterios políticos, puede tener como consecuencia asignaciones presupuestales desproporcionadas, que solo tienen como objetivo favorecer a las clientelas y grupos de interés que no son representativos ni legítimos como conductores y ejecutores de soluciones”, explicó.

A continuación, se detalla una fórmula propuesta para la distribución de dicho dinero entre las alcaldías, el cual pondera variables que impactan a cada una de las demarcaciones y que son necesarias para detallar cuanto se debe destinar a las alcaldías, con una visión técnica que se aleje de lo político y que brinde de herramientas a las autoridades al momento de asignar recursos. Además, se establece el destino del dinero, el cual debe ser utilizado para proyectos de infraestructura que mejoren la calidad de vida de los ciudadanos.

El monto recaudado por concepto del impuesto predial se determinara por la siguiente formula:

Impuesto predial para la alcaldía.

Monto recaudado total.

Población de la alcaldía

Población flotante de la alcaldía.

Población flotante de la Ciudad de México.

Población en situación de pobreza de la alcaldía.

Población en situación de pobreza de la Ciudad de México.

“Por lo que en mi propuesta cada una de las Alcaldías deberá ser notificada para el desarrollo de proyectos en infraestructura, para tal efecto la Secretaría de Finanzas deberá informar mensualmente al Congreso, los montos recaudados por concepto de impuesto predial en cada una de las 16 Alcaldías y deberá transferir el recurso dentro de los primeros 5 días del mes siguiente al que fue recaudado. Los recursos que las Alcaldías reciban por este concepto no formarán parte de su techo presupuestal”, concluyo.

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