Sharon Macotela Cisneros, diputada local de Morena, presentó una iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforma el título décimo, del libro segundo, del Código Penal para el Estado de Hidalgo, misma que tiene por objetivo modificar el Título Décimo del Libro Segundo del Código Penal para el Estado de Hidalgo, denominado “Delitos de Peligro contra la Seguridad Colectiva y la Seguridad Pública”, a fin de abundar en aquellos actos que pueden facilitar la comisión del delito o entorpecer las labores de seguridad pública o procuración de justicia, al proseguir los mismos, tales como el halconeo.
Durante la lectura, Macotela Cisneros señaló que, estados como Coahuila, Quintana Roo y Nuevo León, han abundado en mayor forma en la penalización de las conductas relacionadas con la facilitación delictiva, conocida como “halconeo, -o espionaje-”, bajo una índole de delitos cometidos en agravio de la función de las instituciones oficiales, como el uso indebido de información sobre las actividades de seguridad pública y procuración de justicia; como un medio de permanente transformación, en la que igualmente nuestra entidad deberá transitar.
En ese sentido reconoció la legisladora, que los tres niveles de gobierno son los responsables de la eficiente conducción de las políticas públicas para la prevención y procuración de la seguridad pública, por lo tanto, sigue latente el objetivo de erradicar la delincuencia organizada, mediante la penalización de la actividad delincuencial comúnmente conocida como “halconeo”, misma que si bien ya se castiga, no podemos ignorar que ha ampliado las modalidades de su ejecución.
Cabe mencionar que se tiene previsto imponer de dos a diez años de prisión y multa de cincuenta a quinientas veces la unidad de medida y actualización, a quien con el objeto de informar a los integrantes de una pandilla, alerte, aceche, vigile o realice actos tendientes a obtener información sobre la ubicación, actividades, operativos o en general las labores realizadas por las instituciones de seguridad pública para la prevención, persecución y sanción del delito o la ejecución penal, con independencia de incurrir en diversa conducta ilícita. Esto, a fin de conceptualizar el hecho delictivo y enlistar aquellas conductas que actualicen el ilícito a penalizar.
La legisladora subrayó que los cambios en la sociedad, requieren que la legislación contemple la diversificación de conductas delictivas, pues algunas representan las etapas de preparación, ejecución y desarrollo de los actos delictivos, cuya complejidad para su prosecución, actualiza la posibilidad de afectar la seguridad jurídica de los habitantes.