- Propone establecer que a los asegurados que ya no pertenezcan al régimen obligatorio se les deberán reconocer los derechos que tuvieran adquiridos a pensiones en el seguro de invalidez y vida de inmediato, una vez cumplidos los requisitos de edad y número de semanas cotizadas correspondientes.
- Por otra parte, cuando se reincorporen al régimen obligatorio se les reconocerá el tiempo cubierto desde el momento de su reinscripción.
La senadora integrante de la Bancada Naranja, Gloria Núñez, presentó una iniciativa para que las personas trabajadoras conserven su derecho a una pensión por cesantía o vejez aún cuando estén dados de baja del régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), pero cumplan con la edad y el número de semanas cotizadas correspondientes.
Durante la sesión de este martes en la Cámara de Senadores, la legisladora por Nayarit explicó que actualmente los derechos de pensión por cesantía o vejez quedan suspendidos cuando un asegurado o trabajador ha dejado de cotizar por más de seis años en el régimen obligatorio del Seguro Social, por lo que si quiere recuperar el tiempo cubierto por sus cotizaciones anteriores debe reingresar al régimen y cotizar durante un año.
Por ello, la senadora Gloria Núñez plantea que el derecho a acceder a la pensión se reconozca si la persona trabajadora ya alcanzó la edad y las semanas cotizadas requeridas aún cuando ya no pertenezca al régimen obligatorio del IMSS. Además, propone que si la persona reingresa al Seguro Social, sus semanas de cotización anteriores se reconozcan de inmediato sin importar el tiempo en el cual dejó de cotizar.
“Actualmente, los derechos de pensión por cesantía o vejez quedan suspendidos cuando un asegurado o trabajador ha dejado de cotizar por más de seis años en el régimen obligatorio del Seguro Social, y para poder reactivar la vigencia de sus derechos se ve obligado a cotizar nuevamente por un periodo mínimo de 52 semanas (un año), lo que representa un grave problema de justicia social para aquellos trabajadores que han cumplido con el número de semanas cotizadas y la edad necesaria para ejercer su derecho de pensión por cesantía o vejez, y particularmente para aquellos adultos mayores que por sus propias circunstancias se ven imposibilitados para conseguir un empleo formal que les permita cotizar al Seguro Social por un periodo mínimo de un año”, detalló la legisladora.
Núñez consideró que la legislación vigente viola los derechos de seguridad social de las personas, particularmente lo dispuesto en el Artículo 1 constitucional por el que se garantizan todos los derechos humanos reconocidos por la Constitución y los tratados internacionales, mismos que no podrán ser restringidos ni suspendidos salvo en los casos y condiciones que la propia Constitución Federal establece.
“La clase trabajadora del país, que después de muchos años de trabajo aspira a un régimen de pensión que les permita llevar con dignidad su vejez, no debe ser objeto de limitaciones legales como las que actualmente imponen los artículos 150 y 151 de la Ley del Seguro Social, que suspenden sus derechos sin justificación alguna, cuando esos trabajadores han cumplido con las semanas de cotización y los años necesarios para acceder a su pensión por cesantía o vejez”, expresó.
Esta iniciativa también permitiría a los cónyuges acceder a una pensión por viudez en los casos en los que fallezca una persona trabajadora que ya cumplía con los requisitos de edad y semanas cotizadas.
La iniciativa de la senadora Gloria Núñez, que propone reformar los artículos 150 y 151 de la Ley del Seguro Social, fue turnada a las comisiones de Seguridad Social y de Estudios Legislativos del Senado de la República.